Mucho se ha escrito sobre las especies incluidas y excluidas sobre en la PROPOSICIÓN DE LEY DEL CATÁLOGO CANARIO DE ESPECIES PROTEGIDAS y sobre si los datos para realizar los listados están actualizados o no y muy poco se ha hablado de los criterios que se aplican a los informes técnicos tipo SEGA y que dan origen tan curiosos listados. Hace algunos meses hablamos de estos criterios del nuevo catálogo en relación con los de la UICN en la entrada Categorías de la PROPOSICIÓN DE LEY DEL CATÁLOGO CANARIO DE ESPECIES PROTEGIDAS, en la que quedaban claras las diferencias entre el listado de la UICN y los del Gobierno de Canarias que podemos resumir en que casi ninguna especie Vulnerable según los criterios de la UICN queda protegida por el nueva ley, que las especies en peligro de extinción según la UICN pasaban a Vulnerables según las categorías del Gobierno y las especies en peligro crítico según la UICN pasaban a en peligro de extinción según el Gobierno de Canarias, en lo que desde nuestro punto de vista es una corrupción completa de las palabras porque no suena igual decir que una especie está en peligro de extinción que sea vulnerable.
En su día preparamos una tabla comparativa con los criterios de la UICN y que vamos a comentar un poco más extensamente hoy. Hay que recordar que los criterios de la UICN internacionalmente aceptados han sido criticados por personal cercano al gobierno de Canarias (ver entrada La Lista Roja oficial olvida a las especies insulares)
En su día preparamos una tabla comparativa con los criterios de la UICN y que vamos a comentar un poco más extensamente hoy. Hay que recordar que los criterios de la UICN internacionalmente aceptados han sido criticados por personal cercano al gobierno de Canarias (ver entrada La Lista Roja oficial olvida a las especies insulares)
- En los criterios asimilables a los criterios de reducción de población en principio no hay diferencias que nos resulten significativas.
- En los criterios de distribución comienzan las rebajas, ninguna especies Vulnerable, ni buena parte de las en peligro de extinción entrarían en los criterios del Gobierno de Canarias. Estos criterios son los más criticados por personal cercano al Gobierno de Canarias (ver entrada La Lista Roja oficial olvida a las especies insulares)
- En los criterios de tamaño de población son en los que más desacuerdo estamos, como en los criterios de distribución los criterios del gobierno de Canarias dejan fuera todas las Vulnerables y buena parte de las especies en peligro de extinción ya que ninguna especie con más de 1000 ejemplares en declive entra en este criterio. Argumentar en contra de este valor es sencillo, para ello recurrimos a el concepto de Población Mínima Viable que se puede definir como "Población aislada más pequeña que todavía tiene una buena oportunidad de sobrevivir por un número definido de años a pesar de los efectos previstos de los eventos demográficos, ambientales y genéticos y los desastres naturales". El valor de la Población Mínima Viable depende del tipo de organismo que estudiemos, pero el valor por población se mueve entre los 500 y 10.000 ejemplares para supervivencia a largo plazo. Cualquier disminución por debajo de estos valores puede poner a la población en cuestión en el camino hacia la extinción. Pues bien la UICN toma el valor de menos de 10.000 individuos para especies vulnerables, menos de 2.500 individuos para especies en peligro de extinción y menos de 250 para especies en peligro crítico, mientras que el gobierno de Canarias toma valores de menos de 1.000 ejemplares para especie Vulnerables e inferiores a 250 para especies en peligro de extinción. Valores muy bajos y más si tenemos en cuenta que muchas de estas especies tienen poblaciones muy fragmentadas y el valor de Población Mínima Viable es valido para unidades poblacionales aisladas
- En los criterios de análisis cuantitativo no vamos a entrar porque son criterios muy poco usados por desgracia.
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